El cambio de titular administrativo de un vehículo no requiere el abono de todos los IVTM adeudados

El cambio de titular administrativo de un vehículo no requiere el abono de todos los IVTM adeudados
 

Según la Subdirección General de Tributos Locales, los ayuntamientos no pueden exigir el pago de la totalidad de los recibos pendientes del IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), para permitir el cambio de titular administrativo de un vehículo.



 

Únicamente se pueden negar a tal cambio, cuya tramitación corresponde a la DGT, si no se les abona el último ejercicio.

¿Y qué ocurre cuando el Ayuntamiento ha embargado el vehículo? Pues que tal circunstancia no impide el cambio de titularidad administrativa en la Jefatura de Tráfico, ya que las deudas pendientes con el Consistorio no afectan a la referida modificación. El pago de las mismas, correspondientes al IVTM, se podrá seguir exigiendo a través del procedimiento de recaudación.