El Supremo establece que conducir sin permiso es siempre delito

El Supremo establece que conducir sin permiso es siempre delito

Revocando un fallo reciente de la Audiencia Provincial de Toledo, el Tribunal Supremo ha declarado que la conducción de vehículos a motor sin permiso o licencia es un delito, aunque no se haya puesto en peligro la vida de nadie, ni ejecutado al volante una maniobra peligrosa o antirreglamentaria.

 
La Audiencia había absuelto a un conductor detenido por conducir sin carné. En su resolución, que databa de febrero de 2016, argumentaba que "el legislador no ha dibujado claramente la línea de separación entre el delito y la infracción administrativa", en los casos en los que el conductor no ha hecho nada que ponga en peligro la vida de otras personas y no ha cometido ninguna infracción sancionable o punible. La Audiencia consideró que el conductor sólo había cometido una infracción administrativa grave. 
 

Las razones del Supremo

El Alto Tribunal explica en su sentencia que "La conducción sin poseer la habilitación teórica y práctica y sin haberse comprobado las capacidades física y psíquica en el conductor, incrementa, como es natural, el riesgo para los demás usuarios de la vía, por sí peligrosa y causante de una alta siniestralidad, cuya reducción pretende la norma”. 

El artículo por el que ha sido finalmente condenado el conductor es el 384.2 del Código Penal, que prevé penas de tres a seis meses de prisión, o multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, para quienes conduzan sin carné, bien por no haberlo obtenido nunca (ese era el caso), bien por haber perdido todos los puntos.