La DGT descarta por ahora imponer servicios mínimos

La DGT descarta por ahora imponer servicios mínimos

En un escrito enviado a CNAE, la Dirección General de Tráfico señala que sólo en caso de que la huelga intermitente de examinadores de Tráfico se convierta en indefinida, su departamento estudiaría el establecimiento de servicios mínimos.

También indica en su comunicación que, a criterio de la Dirección General de Tráfico, la huelga no puede ser declarada ilegal, ya que no contraviene ninguno de los supuestos previstos en el artículo 11 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo. 

Dicho artículo 11 dice así:

«La huelga es ilegal:

a) Cuando se inicie o sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.

b) Cuando sea de solidaridad o apoyo, salvo que afecte directamente al interés profesional de quienes la promuevan o sostengan.

c) Cuando tenga por objeto alterar, dentro de su período de vigencia, lo pactado en un convenio o lo establecido por laudo.

d) Cuando se produzca contraviniendo lo dispuesto en el presente Real Decreto-ley, o lo expresamente pactado en convenio colectivo para la solución de conflictos».

Descarga el escrito