No debe pesar restricción sobre el B+E, cuando el B haya sido obtenido con un vehículo manual

No debe pesar restricción sobre el B+E, cuando el B haya sido obtenido con un vehículo manual

La DGT está de acuerdo en principio, aunque no haya tomado aún una decisión definitiva al respecto.

El 14 de marzo la Confederación Nacional de Autoescuelas mandó un escrito a la Subdirección Adjunta de Formación Vial en el que abogaba porque se permitiese a las personas que han obtenido el permiso B+E con un vehículo de cambio de velocidades automático conducir vehículos que requiriesen el B+E, pero quetuviesen el cambio manual, tal y como ocurre con los permisos profesionales.
 
El texto recordaba lo que dispone al respecto al Reglamento General de Conductores, y admitía que se trata prácticamente de una transposición literal de la Directiva europea sobre los permisos de conducir, pero CNAE considera (y así lo hacía constar) que debe de ser un error del legislador, ya que no tiene mucho sentido que un conductor con un permiso de conducir de la categoría B, obtenido con un vehículo de cambio de velocidades manual, pueda conducir sin restricción alguna vehículos de categoría profesional, aunque haya obtenido el permiso correspondiente con vehículos de caja de cambios automática, y no se aplique el mismo criterio al B+E, máxime cuando existe una abismal diferencia entre cambiar de marchas en un turismo y hacerlo en un camión o autobús. De haber alguna restricción, debería afectar en todo caso a los permisos profesionales, nunca al B+E.
 

Dificultades para los centros de Formación Vial

La Confederación estima además que las autoescuelas necesitan para cumplir con la normativa vigente que afecta al conjunto B+E vehículos potentes y con una Masa Máxima Autorizada (MMA) relativamente elevada; la mayoría de estos vehículos son de cambio automático.
 
Y si a este hecho le sumamos la regulación cada vez más exigente en material medioambiental, resulta que las autoescuelas tropiezan cada vez con más dificultades a la hora de configurar este tipo de conjunto para la obtención del permiso B+E con una unidad tractora manual.
 

Moratoria

El 8 de diciembre de 2019 concluirá el plazo transitorio y habrá que cumplir lo dispuesto por la Directiva y el Reglamento de Conductores en materia de B+E. Por lo cual, CNAE ha solicitado a la DGT que amplíe dicho plazo transitorio hasta que las autoridades europeas corrijan el mencionado error.
 

En la carta de respuesta, que llegó hoy firmada por la subdirectora adjunta de Formación Vial, María José Aparicio, se puede leer:
«… teniendo en cuenta la lógica expuesta en su escrito, desde esta Subdirección Adjunta ya se venía estudiando la posibilidad de excluir la indicación del código 78 en los permisos de la clase B+E obtenidos con cambio automático, si su titular ya lo fuera de un permiso B obtenido con un vehículo de cambio de velocidades manual.»

 
«Si bien aún no se ha tomado una decisión definitiva al respecto, en su momento se remitirán las indicaciones oportunas a las Jefaturas Provinciales y Oficiales Locales».