Permiso por puntos: desestimado el recurso del RACC

Permiso por puntos: desestimado el recurso del RACC

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Barcelona acordó el 24 de febrero desestimar íntegramente la demanda interpuesta por el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC) contra la resolución que adjudicó la gestión del permiso por puntos en Cataluña a la UTE FAC-CNAE.

 
La resolución objeto del recurso se había producido el 23 de diciembre de 2013.
 
La sentencia, que incluye la imposición de las costas a la parte actora [el RAAC] al “no existir ninguna duda de hecho y de derecho”, es recurrible ante el mismo juzgado en un plazo de 15 días a partir de su notificación.
 
Entre los fundamentos jurídicos del fallo del tribunal merecen citarse los consignados en el apartado tercero:

“…cabe destacar que la parte actora [el RACC] no impugnó en su momento el pliego de Prescripciones Técnicas, quedando vinculada por el mismo. Su oferta no se ajustó a la oferta económica más ventajosa (…) siendo este apartado el que determinó precisamente su exclusión…”.