La normativa Euro 7 representa el siguiente paso. En el caso de los turismos, la normativa Euro 7 sí entra en vigor y se aplicará de manera progresiva. A partir de noviembre de 2026, todos los nuevos modelos de turismos que se homologuen deberán cumplir los requisitos Euro 7, y desde noviembre de 2027 esta exigencia se extenderá a todos los turismos nuevos que se vendan en la Unión Europea, independientemente de su fecha de desarrollo.
A diferencia de otras políticas europeas centradas en el dióxido de carbono (CO2), Euro 7 no regula las emisiones de CO2. Por primera vez, la normativa introduce límites para las partículas generadas por el desgaste de los frenos y los neumáticos, una fuente relevante de contaminación urbana incluso en vehículos eléctricos. Asimismo, se refuerzan los requisitos de durabilidad, obligando a que los sistemas de control de emisiones mantengan su eficacia durante más kilómetros y más años de vida útil del vehículo.
Es importante destacar que la normativa Euro 7 no modifica la regulación europea sobre la venta de vehículos nuevos a partir de 2035. Aunque un turismo cumpla con Euro 7, si utiliza gasolina o diésel convencional y emite CO2, no podrá venderse como vehículo nuevo a partir de esa fecha.
Euro 7 actúa, por tanto, como una normativa de transición que mejora de forma inmediata la calidad del aire, mientras la política climática europea avanza hacia un parque de vehículos de cero emisiones.
Por otro lado, la normativa que regula la venta de vehículos nuevos a partir de 2035 ha generado numerosas dudas, especialmente en relación con el futuro de los motores de combustión dado que hemos tenido noticias que la UE ha «flexibilizado este objetivo de 2035», ¿pero realmente, sabemos cómo ha quedado este tema?
La base de esta regulación es el Reglamento (UE) 2023/851, que establece objetivos de reducción de emisiones de dióxido de carbono (CO2) para los turismos. Según esta norma, a partir de 2035 todos los vehículos nuevos que se matriculen en la Unión Europea deberán tener emisiones directas de CO2 nulas, lo que supone un cambio estructural en el mercado de la automoción.
En la práctica, implica que no se podrán vender coches nuevos de gasolina o diésel convencionales a partir de 2035, ya que este tipo de vehículos emite CO2 durante su uso. Sin embargo, es importante aclarar que la normativa no prohíbe el uso de los vehículos de combustión existentes, ni obliga a retirar de la circulación los coches actuales. Los vehículos matriculados antes de esa fecha podrán seguir utilizándose con normalidad y seguirán teniendo un mercado de segunda mano plenamente legal.
Con el objetivo de mantener cierta «flexibilidad tecnológica», la Unión Europea ha previsto una excepción limitada para los motores de combustión que utilicen combustibles sintéticos neutros en carbono, conocidos como e-fuels. Estos combustibles, producidos a partir de fuentes renovables, permitirían que algunos vehículos con motor de combustión sigan comercializándose después de 2035, siempre que estén diseñados para funcionar exclusivamente con este tipo de combustible y que sus emisiones netas de CO2 sean nulas. Se trata, no obstante, de una solución complementaria y de alcance reducido.
No se podrán vender coches nuevos de gasolina normal a partir de 2035
Sí se podrán seguir usando y comprando coches de gasolina usados.
Sólo se contempla una excepción muy restringida para motores de combustión con e-fuels.
Los vehículos nuevos adquiridos por las autoescuelas en 2027 deberán cumplir la normativa Euro 7, lo que previsiblemente implicará un aumento del coste de compra debido a la mayor complejidad técnica de los sistemas de control de emisiones.
A medio plazo, y especialmente de cara a la década de 2030, la transición hacia vehículos electrificados y eléctricos será cada vez más habitual en las flotas de enseñanza.
Esta evolución tecnológica también tendrá un impacto directo en la formación del alumnado y del profesorado.
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