Absuelto pese a empujar borracho su vehículo por una vía de servicio

Absuelto pese a empujar borracho su vehículo por una vía de servicio


El Tribunal Supremo (TS) exoneró a un hombre que fue sorprendido por la Guardia Civil de Tráfico mientras empujaba su coche por la vía de servicio de la A2 y que dio 1,00 mg/l en la prueba de alcohol. 

 

El acusado había recorrido así un kilómetro con medio cuerpo dentro del automóvil, al objeto de poder manejar el volante. 

El alto tribunal reconoce que «en tales condiciones y con las facultades psíquico físicas alteradas, estaba poniendo en riesgo la seguridad de la vía y se encontraba en situación de causar algún daño», pero –prosigue la sentencia– «la incógnita a despejar radica en concretar si tal conducta ha de ser considerada como conducción». Ante la duda (precisamente en aplicación del principio «In dubio pro reo»), el Supremo resolvió a favor del acusado, que había sido privado del permiso de conducir. 

El TS razona que el motor del vehículo no estaba encendido y que empujarlo, incluso manejando el volante con una mano y medio cuerpo dentro del habitáculo no es conducción porque ésta presupone el motor en marcha. Por tanto, los tipos penales (conducción temeraria y conducción bajo los efectos del alcohol) no le podían ser aplicados al reo.