“Además con la modificación introducida por la Ley 6/2014 de 7 de abril se refuerza este comportamiento a la hora de adelantar a ciclos, ciclomotores y conjunto de estos vehículos introduciéndose la obligatoriedad de mantener respecto a ellos una separación lateral no inferior a 1,50 metros independientemente de que sea dentro o fuera de poblado”.
“El conductor de un automóvil que pretenda realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, debe realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros...”
“Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario.”
“Cuando el adelantamiento se efectúe a cualquier otro vehículo distinto de los aludidos en el párrafo anterior, o tenga lugar en poblado, el conductor del vehículo que ha de adelantar dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada”.
CNAE entiende que, de aplicarse la norma de conformidad con lo manifestado en el texto referido del manual de normas y señales, el artículo del Reglamento General de Circulación no constituye un desarrollo de la norma legal, sino una contradicción de la misma y, por tanto, estaría derogado de facto desde la entrada en vigor de la Ley 6/2014.
“Esto no supone que el texto reglamentario se vea derogado, sino que... debe ser reconducida la interpretación de la omisión en el texto del Reglamento de los adelantamientos en poblado para hacerlo compatible con lo previsto en la LSV, que recoge de manera expresa la necesidad de guardar la anchura de seguridad de al menos 1,5 metros tanto en las vías fuera de poblado como en poblado.”
“En todo caso, las dudas planteadas serán tenidas en cuenta en futuras reformas de la normativa en vigor, para evitar posibles equívocos”.
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