A los autónomos no les afecta la suspensión de actividades decretada el domingo

A los autónomos no les afecta la suspensión de actividades decretada el domingo




La Orden de Sanidad SND/307/2020, 30 de marzo, establece, entre otras cosas, los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.


Así, en su punto segundo la Orden especifica que: «El Real Decreto 463/2020… solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma. Por su parte, el Real Decreto-ley 10/2020… no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia».

Y en su punto tercero, indica también que: «Las actividades de representación sindical y patronal no están afectadas por las restricciones de movilidad contenidas en el Real Decreto 463/2020… y en el Real Decreto-ley 10/2020…, con el fin de garantizar la asistencia y asesoramiento a personas trabajadoras y empleadores».