España (como el resto de los países miembros) tiene hasta el 1 de noviembre para trasponer a nuestro ordenamiento jurídico las mencionadas modificaciones. El Diario Oficial de la Unión Europea publicó hoy la Directiva (UE) 2020/612 de la Comisión de 4 de mayo de 2020 por la que se modifica la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el permiso de conducción. La normativa entrará en vigor dentro de 20 días. Finalmente, no hubo sorpresas y salió el texto previsto. No se aplicará el código 78 a los permisos B + E obtenidos con un vehículo automático, siempre y cuando el titular se haya sacado el permiso B con un vehículo de cambio manual. Por otro lado, y por lo que se refiere al permiso A2, la prueba de control de aptitudes y comportamientos requerirá (como hasta el presente) una «Motocicleta sin sidecar, con una potencia de al menos 20 kW pero inferior o igual a 35 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg». El cambio viene ahora: «Si la motocicleta está propulsada por un motor de combustión interna, la cilindrada del motor deberá ser al menos de 250 cm3».
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