Desde el 13 de mayo los ERTEs por causa de fuerza mayor se diferencian en dos clases: los de fuerza mayor total y los de fuerza mayor parcial. Pueden hacer uso de los primeros aquellas empresas a las que resulta imposible ejercer su actividad como consecuencia del estado de alarma. Es necesario que el impedimento sea legal. O sea, no estarían en este caso las empresas que pudiendo ejercer su actividad decidieran no hacerlo. Por tanto, y en lo tocante a las autoescuelas, en el momento en que sea anulada la prohibición de impartir la formación presencial, desaparece la posibilidad del ERTE por causa de fuerza mayor total. El ERTE por fuerza mayor parcial es aplicable a los trabajadores de las empresas que están retomando la actividad poco a poco.
En cuanto a la exoneración del pago de cuotas a la Seguridad Social, para las empresas que a 29 de febrero de 2020 tenían menos de 50 trabajadores, las cosas están así:
Para las que están en ERTE por causa de fuerza mayor total, la exoneración es del 100%. Para las que están en ERTE por causa de fuerza mayor parcial:
En marzo y abril la exoneración era del 100% para todos los trabajadores. Del 1 al 12 de mayo, la exoneración era así mismo del 100% para todos los trabajadores. A partir del 13 de mayo, si el trabajador se ha reincorporado, aunque sea a jornada parcial, la exoneración es del 85% en lo que resta de mayo y del 70% en junio. Para los trabajadores que siguen en ERTE por causa de fuerza mayor parcial, la exoneración será del 60% en lo que resta de mayo y del 45% en junio.
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