La DEV, obligatoria para las empresas con vehículos

La DEV, obligatoria para las empresas con vehículos

Ayer entró en vigor la Ley 39/2015, que sustituye a la Ley 30/1992, en virtud de la cual es obligatorio que la compañía que cuente con vehículos de empresa tenga una Dirección Electrónica Vial (DEV). 


Será necesaria para poder realizar cualquier trámite relacionado con las Jefaturas de Tráfico.

La citada Dirección Electrónica Vial sustituye a la dirección de domicilio postal, que hasta ahora se utilizaba. Su función es la de recibir todas las notificaciones y avisos que tengan que ver con los vehículos de la empresa (multas, cambios de titular, caducidad del seguro, ITV, etc).

En el caso de que la flota de coches de la empresa sea gestionada por otra empresa externa, se puede habilitar el acceso al DEV utilizando el Registro Electrónico de Apoderamiento (REA). De esta manera se otorgan poderes a terceros para actuar en nombre de la empresa ante la Dirección General de Tráfico (DGT).
 

Voluntaria para los ciudadanos


En la página web de la DGT www.dgt.es, dentro de la Sede Electrónica, se puede encontrar toda la información sobre la Dirección Electrónica Vial, que es gratuita y voluntaria para los ciudadanos.

Con este sistema, además de las notificaciones, Tráfico comunica y avisa sobre aspectos como el saldo de puntos que le quedan al conductor, la caducidad del permiso de conducir y de la ITV, etc.