Normalizada la renovación del permiso para las personas que han superado un cáncer

Normalizada la renovación del permiso para las personas que han superado un cáncer

 

El BOE de hoy publica la Orden PCM/518/2023, de 26 de mayo, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, que entrará en vigor mañana.

 

Concretamente, se reescriben los apartados 5.1 y 14 del Anexo IV «Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción», del citado reglamento.

A partir de mañana, 27 de mayo, en el caso de trastornos onco-hematológicos, quienes hayan superado los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, debidamente acreditada por un informe del oncólogo o del hematólogo competentes, pueden renovar su permiso de conducción con arreglo al plazo que les corresponde por la edad y no al de tres años, que era lo estipulado hasta ahora.

Esto es también aplicable a los conductores que hayan sufrido otros tipos de cáncer, siempre que no exista evidencia actual de la enfermedad y previo informe favorable del especialista. En este caso el plazo era de 5 años. 

La medida asimila a los antiguos pacientes oncológicos al resto de la ciudadanía, como les corresponde en justicia, ya que son personas que han superado la dolencia y están en las mismas condiciones psicofísicas que la población sana.