Hasta ahora la mencionada prueba había durado 35 minutos. El cambio será efectivo a partir del 15 junio, en el inicio de ciclo de cada jefatura. Esta Instrucción deroga las anteriores 2019/c-132 y COND 2022/08. El tiempo total a efecto del cómputo de las pruebas de aptitudes y comportamientos queda a partir de la fecha indicada como sigue: 30 minutos para las de los permisos A1, A2, B, BE y la de la autorización B96; y 50 minutos para las del resto de los permisos. Se sustituye el número fijo de pruebas que hace el examinador durante la jornada laboral ordinaria (12 para los permisos B y BE, 10 para los permisos A1 y A2 y 7 para el resto) por el que figura en el Anexo IV. En ningún caso, el examinador hará más de 10 pruebas de los permisos de motos, aunque podrá completarlas con otras dos del permiso B o una de los llamados permisos profesionales (C o D). La Confederación Nacional de Autoescuelas venía solicitando desde hace tiempo la modificación y entiende que el beneficio de la misma es obvio, pues, al igualar en duración el examen de motos con el del permiso B, se eliminan los minutos sobrantes, que tan difíciles eran de gestionar. Tráfico ha comunicado también a sus jefaturas la importancia de que los alumnos y alumnas, que se dispongan a afrontar la prueba de circulación de los permisos de motos, comparezcan con la equipación necesaria, para no perder tiempo entre la distintas pruebas. La vicepresidenta de CNAE y responsable de la Comisión de Relaciones con la DGT, Teresita del Niño Jesús Coll, ha agradecido al Organismo «su decisión de reducir la prueba de circulación para los permisos A1 y A2 y a los examinadores, su predisposición favorable a este cambio».
La Instrucción COND 2023/10 incluye una serie de novedades interesantes. He aquí algunas de las más significativas. En el apartado II «Calidad de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos», se estipula que los funcionarios que han superado el curso de cualificación de examinadores, pero en la actualidad no ocupen el puesto de examinador, podrán realizar pruebas prácticas de los permisos, en el caso de que los examinadores en activo no sean suficientes para absorber la carga de trabajo.
Siempre que sea posible, se evitará que en un punto de examen haya menos de dos examinadores, a fin de que puedan ayudarse y apoyarse mutuamente.
Se procurará que el itinerario discurra por vías urbanas y también por vías fuera de poblado, con preferencia por las convencionales.
Los 10 minutos de conducción autónoma podrán iniciarse entre el minuto 1 y el 10 de la prueba.
Las pruebas podrán ser interrumpidas en el momento de la comisión de una falta eliminatoria, o por acumulación de faltas; en ambos casos, no sin que hayan transcurrido 15 minutos desde el comienzo de la prueba.
En el apartado III «Especial referencia a las motocicletas», merecen citarse que se exigirá un intercomunicador manos libres bidireccional y eficaz, y que no se admitirán los equipos que el examinador se vea obligado a manipular o colocar en los oídos de los aspirantes, ni los que estén provistos de micrófonos próximos a la boca. Los nuevos sistemas que utilizan smartphones deben ser probados suficientemente antes de recibir la autorización.
En el Anexo II «Evaluación de la conducción eficiente», hay un epígrafe dedicado a las nuevas tecnologías de motorización, en el que se ofrecen pautas para valorar la conducción eficiente con vehículos eléctricos o híbridos. Por ejemplo: una utilización suave y progresiva del acelerador especialmente en las arrancadas; una dosificación de la frenada de modo que se active el freno regenerativo; una utilización adecuada del modo de conducción «eco»; un uso del freno motor en descensos prolongados, si el selector de marchas dispone de una posición que lo active. La Instrucción incorpora un Anexo V «Guía para la mejora de la accesibilidad al permiso de conducción para las personas con dificultades específicas de aprendizaje», cuyas disposiciones ya se vienen aplicando.
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