La FEMP ha enviado a los ayuntamientos dicha ordenanza al objeto de que cuenten con un modelo a la hora de crear y gestionar las ZBE. En la misma, y tras varias reuniones con la Confederación Nacional de Autoescuelas, (CNAE), ha incluido a los vehículos de los centros de formación vial entre los que deberían tener una autorización municipal para acceder a dichas zonas, durante un periodo a establecer por cada ayuntamiento. En el documento, que se aprobó el pasado 2 de marzo, se indica que los vehículos de autoescuelas ubicadas en una ZBE destinados a prácticas de conducción se encuentran entre aquellos vehículos que deberían contar con autorización municipal para poder acceder, circular y estacionar en la ZBE, de forma continua o discontinua por meses, días u horas. Esta autorización tendría carácter temporal, o sea, hasta la fecha que estableciese el ayuntamiento, pasada la cual ese vehículo no podría acceder, circular y estacionar en la ZBE. Para obtenerla, la autoescuela habría de inscribirse en un Registro municipal de vehículos autorizados.
CNAE ha mostrado su satisfacción por la Ordenanza de la FEMP y espera que los ayuntamientos la adopten. La Confederación había insistido en que las autoescuelas van a necesitar un tiempo para adaptar sus flotas a la exigente normativa medioambiental, la cual obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer zonas de bajas emisiones de gases contaminantes.
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