Cambios importantes en la formación para el CAP

Cambios importantes en la formación para el CAP

 

Se abren a la modalidad online algunas materias de la cualificación inicial, pero dicha teleformación, ampliable en el futuro, no entrará en vigor hasta que el Ministerio de Fomento la regule reglamentariamente.





No obstante, mientras dure la pandemia, se permitirá el aula virtual, tanto para la formación inicial como para la continua, siempre que se utilice una plataforma que garantice, en todo momento, una conectividad sincronizada entre los profesores y los alumnos, así como la bidireccionalidad en las comunicaciones y el registro de las conexiones de los alumnos.


El Real Decreto 284/2021, publicado el 24 de abril en el BOE, regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).

Cuantiosos aspectos del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) han experimentado modificaciones de relieve. Por ejemplo, aparecen nuevas exenciones y se reformulan otras. A destacar que desaparece la exención para los conductores de vehículos utilizados para el transporte de basuras e inmundicias de carácter doméstico.


Otro aspecto de la reforma es la supresión del requisito de «residencia habitual» para acudir a los exámenes. De modo que los alumnos podrán presentarse a las pruebas en todo el territorio nacional y se mantiene la validez (también en todo el país) de las especialidades de los profesores que impartan cursos CAP ya acreditadas por el órgano competente.


Se establece una formación modulable, que permite tener en cuenta de un lado, las necesidades particulares de los conductores y de otro, las formaciones cursadas por el alumno en cumplimiento de otras normas comunitarias, al objeto de posibilitar la convalidación. De hecho, el establecimiento de la formación modulada permite convalidar la formación obligatoria exigida en virtud de la normativa comunitaria realizada por los conductores en los 12 meses anteriores al inicio del curso de cualificación inicial o de formación continua, según proceda.


Se agiliza el procedimiento de autorización de centros CAP, que pasan a denominarse Empresas CAP, el cual se llevará a cabo por medios electrónicos, y se les permite abrir sucursales y utilizar aulas móviles, sin más trámite que comunicárselo previamente a la autoridad competente.


Las relaciones entre las empresas CAP, sus sucursales y aulas móviles, y la Administración, será a través de medios electrónicos.


Se abre la posibilidad de implantar un sistema de evaluación de la calidad, que podrá incluir la de los profesores por los alumnos, así como pruebas aleatorias en los cursos de formación continua.